Tipo de autorización

Es una autorización de trabajo por cuenta propia que se solicita para la poder iniciar una actividad por cuenta propia, o abrir una empresa, por parte de un trabajador que resida en la zona fronteriza de un Estado limítrofe al que regresan diariamente.

Solicitante: Trabajador autónomo

No es un trámite si:

  • Eres ciudadano de la Unión Europea o formas parte de la unidad familiar de uno.
  • No eres un trabajador transfronterizo.
  • No vas a realizar una inversión para iniciar un negocio en España.
  • Tienes una autorización residencia y trabajo por cuenta ajena.

A tener en cuenta

  • Es necesario residir en una zona fronteriza con el Estado español
  • La autorización se solicita a través de la misión diplomática u oficina consular española correspondiente al lugar de su residencia
  • Debe presentarse una memoria o proyecto de la actividad a realizar
  • Acreditación de la inversión económica a realizar o compromiso de apoyo por parte de una entidad financiera
  • Si el proyecto a desarrollar exige una capacitación o cualificación profesional para el ejercicio de la profesión, es necesario aportarla
  • En el caso de que la actividad exija de autorizaciones o licencias, debe acreditarse que se cumple con la legislación vigente
  • Es necesario que el extranjero cuente con recursos económicos suficientes para su manutención y alojamiento
  • ¿Cuál es el monto mínimo de la inversión a realizar?
  • La justificación del proyecto, capacitación e inversión podrá realizarse por cualquier medio admitido en derecho; no obstante, uno de ellos será un informe de viabilidad de la actividad emitido por un organismo
  • Tasa administrativa de iniciación del trámite
  • Dado que el permiso se solicita en la misión diplomática u oficina consular española correspondiente al lugar de su residencia, es necesario aportar ciertos documentos

Documentación

  • Modelo EX 07.
  • Pasaporte completo del empleado.
  • Documentación acreditativa de la capacitación o cualificación profesional legalmente exigida.
  • Acreditación de la inversión económica suficiente o compromiso de apoyo por parte de instituciones financieras u otras.
  • Proyecto de establecimiento o actividad a realizar.
  • Informe de viabilidad.
  • Tasa administrativa

Procedimiento

  • Sujeto legitimado
  • Lugar de presentación
  • Plazo de resolución de la solicitud
  • Si la solicitud se concede el trabajador deberá efectuar su entrada durante los 3 meses de vigencia del visado. Una vez dentro del territorio, debe producirse el alta en la seguridad social y concertar una cita ante la comisaría de policía del lugar de residencia para la emisión de la TIE.
  • Normativa