Tipo de autorización
Es una autorización que sólo puede ser iniciada por el empleador o empresario a favor de un extranjero que se encuentra en su país de origen y para una ocupación para la que no haya trabajadores en España, o cuando la situación personal del extranjero pueda encajarse en las excepciones contempladas para la situación nacional empleo. Esta autorización permite residir y trabajar en España.
Su renovación no está vinculada a la empresa o empleador que solicita el permiso y no puede ser utilizada inicialmente para trabajar con otro, salvo que se acrediten circunstancias exógenas sobrevenidas. Renovarla pasa por un mínimo de 6 meses de actividad laboral en ese año de permiso.
Solicitante: El empleado o empresario
Interesado: El empleado
No es un tramite si:
- Eres ciudadano de la Unión Europea o parte de la unidad familiar de uno.
- Estás en España y no quieres regresar a tu país de origen para hacer el trámite.
- El puesto que te ofrecen no está en el catálogo de ocupaciones de difícil cobertura y tu situación no encaja en las excepciones de la situación nacional de empleo.
- El salario a devengar es inferior al mínimo interprofesional.
- La duración del contrato es inferior a un año.
- Eres un trabajador altamente cualificado.
- La empresa que te ofrece el contrato no es solvente.
- La empresa que te ofrece el contrato no es la misma que te va a dar de alta.
A tener en cuenta
- ¿Quién debe realizar la solicitud?
- Situación nacional de empleo, catálogo de ocupaciones de difícil cobertura
- Excepciones a la situación nacional de empleo
- Contrato de trabajo firmado por empleador y empleado
- Dependiendo del tipo de empleador, la acreditación de la solvencia económica y documentos que deben de aportarse son diferentes
- Si el trabajo a desarrollar exige una capacitación o cualificación profesional para el ejercicio de la profesión
- Tasas administrativas de iniciación del trámite
- Resuelto el permiso de forma favorable:
Documentación
- Modelo EX 03. Al finalizar la aplicación, la plataforma mercurio proporciona un formulario que se genera a partir de los datos cubiertos en el sistema. No obstante, es recomendable adjuntar el formulario firmado por empleador o el representante de la empresa.
- Mandato a favor del gestor.
- Pasaporte completo del futuro empleado.
- Documentación acreditativa de la capacitación o cualificación profesional legalmente exigida.
- Documentación que acredite que la situación nacional de empleo permite la contratación.
- Contrato de trabajo firmado.
- Documentación relativa al empleador o la empresa y su solvencia económica.
Procedimiento
- Sujeto legitimado
- Lugar de presentación
- Plazo de resolución de la solicitud
- Si la autorización se concede el trabajador deberá efectuar su entrada durante los 3 meses de vigencia del visado. Una vez dentro del territorio, debe producirse el alta en la seguridad social y concertar una cita ante la comisaría de policía del lugar de residencia para la emisión de la TIE.
- Normativa