Antes de empezar, veamos cuáles son los requisitos para poder considerar un gasto como deducible:

  • Deben ser gastos vinculados a la actividad profesional realizada por el autónomo.
  • Deben estar convenientemente justificados mediante las correspondientes facturas.

Listado de gastos deducibles en el IRPF de los autónomos

Estos son los tipos de gastos que la Agencia Tributaria considera como deducibles:

  • Consumos de explotación: compras de existencias, género, mercancías, materias primas y auxiliares, combustible, embalajes y material de oficina. La compra de cualquier material que sea necesario para el desarrollo de la actividad empresarial.
  • Sueldos y salarios de trabajadores incluyendo, dietas, pagos en especie, pagas extra, premios e indemnizaciones.
  • Seguridad Social: cotizaciones del autónomo y de los empleados.
  • Otros gastos de personal como formación, seguro de accidentes, obsequios o contribuciones a plan de pensiones.
  • Arrendamientos: alquiler de bienes inmuebles (local, terreno, naves industriales para ejercer la actividad) o muebles (ordenadores, impresoras, televisores, etc.).
  • Reparaciones y conservación: gastos de mantenimiento y reparación de las instalaciones, siempre y cuando no impliquen mejora o ampliación. También el mantenimiento, repuesto y adaptación de la maquinaria del negocio.
  • Servicios profesionales independientes de abogados, asesores, notarios, auditores, gestores y las comisiones de los comerciales del negocio.
  • Otros servicios como transportes, primas de seguros, servicios bancarios y similares, publicidad, propaganda y relaciones públicas, etc.
  • Suministros de electricidad, agua, gas, teléfono e Internet en caso de tener local u oficina.
  • Publicidad y relaciones públicas.
  • Página web, dominio y servidor.
  • Cuotas de leasing o renting de bienes necesarios para la actividad.
  • Cuotas de asociaciones empresariales, corporaciones y cámaras de comercio.
  • Documentación: libros y suscripciones a revistas profesionales
  • Eventos relacionados con la actividad empresarial, como cursos o congresos.
  • Primas de seguros: los de responsabilidad civil, protección contra robo o incendio del negocio, seguro de enfermedad para el autónomo, su cónyuge e hijos menores de 25 años que convivan en el domicilio familiar con un máximo de 500 euros por persona.
  • Los autónomos en estimación directa normal pueden deducirse también las facturas emitidas no cobradas y los gastos debidos a devoluciones.

Gastos deducibles especiales o conflictivos

Son aquellos gastos donde concluyen el uso profesional y el personal, por lo que es complicado diferenciar lo laboral de lo personal. Por ello, la Agencia Tributaria exige documentos que justifiquen el porcentaje de uso profesional de dichos gastos.

  • Teléfono: la Agencia Tributaria permite deducir un 50% del gasto. Por ello, si el gasto profesional supera este porcentaje, lo más recomendable es disponer de dos teléfonos, uno para la actividad profesional y otro para la vida personal.
  • Vehículo y gastos asociados como gasolina, mantenimiento, seguro: deducible íntegramente para profesionales que lo utilicen como herramienta de trabajo. Si el vehículo es alquilado ocurre como con la vivienda, se necesitan dos facturas diferentes.
  • Gastos de viaje y dietas: gastos de desplazamiento en transporte público (incluidos los taxis), estancia en hoteles y gastos de manutención (comidas, cenas). Es obligatorio justificar el carácter profesional.
  • Gastos de vestuario: solo si se trata de uniformes, ropa de protección y otras prendas con el logo del negocio.

Esta información es facilitada desde la página web de Holded.com