Dentro de la categoría de profesionales altamente cualificados entran titulados superiores o  personas que tengan un conocimiento especializado; en este último caso se exige una  experiencia equiparable a al menos 3 años. En el caso de los estudios superiores, estos pueden  acreditarse con el título apostillado o legalizado, mientras que con un certificado de experiencia  será suficiente para demostrar el conocimiento especializado.

Ahora bien, también es necesario señalar que el certificado de experiencia se está admitiendo  únicamente en los casos de empresas que cuenten con un certificado de sector estratégico o  aquellas que tengan un patrimonio neto de más de 50 millones de euros. 

En la contratación de profesionales altamente cualificados entra en valoración una serie de  aspectos, a los cuales es necesario dedicar un apartado para su desarrollo. 

Contrato 

La Ley 14/2013 no suele determinar nada en relación con la duración de los contratos. Por tanto,  es necesario ubicar en la Ley Orgánica y Reglamento de Extranjería, qué se establece.  

En el caso del reglamento, nos encontramos que lo que se persigue es vincular la duración del  contrato a la vigencia de la autorización. De esta forma se exige, “que garantice al trabajador una  actividad continuada durante el periodo de vigencia de la autorización inicial de residencia  temporal y trabajo por cuenta ajena” (artículo 64). 

En consecuencia, se suele interpretar que la duración mínima el contrato es un año. Ahora bien,  tras la reforma laboral los contratos se presumen concertados a tiempo indefinido (artículo 15 del  Estatuto de los Trabajadores), la contratación temporal sólo tiene cabida bajo circunstancias de  la producción o contratos de interinidad. 

A su vez, los profesionales altamente cualificados deben ser incluidos en los grupos 1 o 2 de  cotización a la seguridad social. Asimismo, es importante (en caso de exista) detallar el convenio  colectivo por el que será regulada la actividad laboral, así como también el grupo en el que será  incluido el trabajador. 

El contrato debe ser firmado en todas y cada una de las hojas por el empleador y empleado.  También deberá incluir la cláusula condicional “el presente contrato no entrará en vigor hasta  que las autoridades en inmigración no concedan el permiso”. 

Salario 

La alta cualificación exige unos salarios que vienen predeterminados en sus mínimos por los  criterios de la Ley 14/2013

Estas cuantías pueden ser reducidas en un coeficiente de 0.75% en función de alguna de estas  condiciones: 

✓ Solicitudes de Pymes pertenecientes a un sector considerado estratégico y acreditado  mediante el informe favorable de la Dirección General de Comercio Internacional e  Inversiones previsto en la Ley 14/2013, de 27 de septiembre. 

✓ Solicitudes de profesionales altamente cualificados de hasta 30 años. 

En relación con el salario en especie, es necesario tener en cuenta que este no podrá superar el  30% de la percepción total.

Perfil 

Debe redactarse un documento en el cual se detalle la posición a cubrir y sus funciones. Es  importante que exista un equilibrio entre la posición, experiencia, funciones y salario. Por  ejemplo, una posición que comprenda funciones de supervisión y toma de decisiones, sin  experiencia profesional y con salario no acorde, difícilmente será aprobada. 

Asimismo, es importante aportar el currículo del candidato. Es aconsejable que en este se detalle  la experiencia, funciones, empresas y posiciones. 

Conforme a los criterios de aplicación de la Ley 14/2013, el perfil debe incluir lo siguiente: 

✓ Las funciones que desempeñará el trabajador. 

✓ Su carácter de altamente cualificado.  

✓ La remuneración y demás condiciones de trabajo acordadas.  

✓ Cuantos documentos contribuyan a acreditar la experiencia o capacitación del  trabajador. 

CNO y CNAE  

Es necesario asignar al trabajador un Código Nacional de Ocupaciones que se corresponda con  la posición a desempeñar. Es importante revisar las funciones asociadas a el CNO y escoger el  que mejor se adapte al puesto. 

En relación con la Clasificación Nacional de Actividades Económicas, es necesario revisar la  actividad económica que desarrolla la empresa e intentar encuadrarla en aquella que mejor se  ajuste. 

Documentos por parte de la empresa 

Además de la acreditación del supuesto, es necesario aportar lo siguiente: 

✓ DNI o NIE del representante legal y persona con facultades de contratación. ✓ Poderes de representación y contratación. 

✓ CIF. 

Familiares 

La solicitud se puede realizar de forma coetánea con la del titular o una vez que el permiso haya  sido aprobado. Siempre es necesario acreditar el vínculo con el titular: cónyuge o pareja,  descendientes y los de su pareja o menores tutelados, y ascendientes en primer grado que estén  a cargo del titular o de la pareja del titular. 

Los certificados que se aporten para acreditar el vínculo deben estar (conforme corresponda)  apostillados o legalizados y, si no se encuentran en español, deben estar traducidos por un  traductor jurado al español. 

En el caso de los profesionales altamente cualificados como estos candidatos ya cuentan con un  contrato de trabajo en España, no es necesario aportar medios económicos ni seguro de salud. 

Cambio de empleador 

El interesado debe comunicarlo a la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos.  Asimismo, aunque el interesado continúe siendo titular de una autorización, deberá presentar  una solicitud inicial. 

Sin embargo, si se trata de absorción o fusión de empresas, procederá la renovación de la  autorización de la residencia por el tiempo de vigencia que le reste a la inicial, siempre que ello  quede acreditado conforme a lo establecido en el artículo 44 del Estatuto de los trabajadores. 

Si despiden al trabajador 

En caso de que el profesional altamente cualificado comunique su despido a la Unidad de  Grandes Empresas y tuviera derecho a la prestación por desempleo, se procederá a la  renovación de la autorización de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71 del Reglamento  de extranjería, aprobado por el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril. 

Renovaciones 

Es importante verificar que se siguen dando los requisitos que dieron lugar a la alta cualificación.  En estos casos se verifica.