Tipo de autorización
Es una autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta propia que podrá obtener un trabajador que se halla en España en situación de estancia por estudios, investigación, formación o prácticas.
Los familiares del trabajador que se encuentran conviviendo con él en situación de estancia obtenida por ser familiar de extranjero en situación de estancia por estudios, investigación, formación o prácticas podrán obtener autorización de residencia por reagrupación familiar.
Solicitante: El trabajador
No es un trámite si:
- Eres ciudadano de la Unión Europea o has pasado a ser parte de la unidad familiar de un ciudadano comunitario.
- No vas a realizar una inversión para iniciar un negocio en España.
- No tienes 3 años de permanencia continuada en el territorio español o tu caso no se ajusta a las excepciones legales.
- Has sido becado o subvencionado por organismos públicos o privados dentro de programas de cooperación o de desarrollo españoles o del país de origen.
- No has superado los estudios o concluido la investigación o prácticas.
A tener en cuenta
- ¿Quién debe realizar la solicitud?
- Es necesario acreditar la permanencia continuada en España durante al menos 3 años, salvo que:
- Es necesario acreditar el haber superado las pruebas del curso para el que se solicitó la estancia por estudios
- Debe acreditarse que no se ha sido becado o subvencionado por organismos públicos o privados dentro de programas de cooperación o de desarrollo españoles o del país de origen
- Debe presentarse una memoria o proyecto de la actividad a realizar
- Acreditación de la inversión económica a realizar o compromiso de apoyo por parte de una entidad financiera
- Si el proyecto a desarrollar exige una capacitación o cualificación profesional para el ejercicio de la profesión, es necesario aportarla
- En el caso de que la actividad exija de autorizaciones o licencias, debe acreditarse que se cumple con la legislación vigente
- Es necesario que el extranjero cuente con recursos económicos suficientes para su manutención y alojamiento
- ¿Cuál es el monto mínimo de la inversión a realizar?
- La justificación del proyecto, capacitación e inversión podrá realizarse por cualquier medio admitido en derecho; no obstante, uno de ellos será un informe de viabilidad de la actividad emitido por algún organismo
- Tasas administrativas de iniciación del trámite
- En el supuesto de haber sido titular de una estancia de menos de 180 días y haber ido renovando, son necesarios ciertos documentos
- Certificado de escolarización
Documentación
- Modelo EX 07.
- Pasaporte completo del empleado.
- Acreditación de haber superado los estudios o haber concluido el trabajo de investigación, la formación o las prácticas con aprovechamiento.
- Acreditación de los 3 años de permanencia continuada o de estar en alguno de los supuestos exceptuados por la Ley.
- Documentación acreditativa de la capacitación o cualificación profesional legalmente exigida.
- Acreditación de la inversión económica suficiente o compromiso de apoyo por parte de instituciones financieras u otras.
- Proyecto de establecimiento o actividad a realizar.
- Informe de viabilidad.
- Certificado de escolarización en el caso de estar a cargo de menores de edad en etapa de educación obligatoria.
- Tasa administrativa.
Procedimiento
- Sujeto legitimado
- Lugar de presentación
- Plazo de resolución de la solicitud
- Si la autorización se concede el trabajador deberá solicitar el alta en la seguridad social y concertar una cita ante la comisaría de policía del lugar de residencia para la emisión de la TIE.
- Normativa