¿Qué es una unidad familiar?

Con carácter general, la declaración del IRPF se presenta de forma individual. No obstante, las personas integradas en una unidad familiar pueden declarar de forma conjunta.

¿Quién puede optar por presentar declaración conjunta?

  • Los cónyuges con vínculo matrimonial junto con todos sus hijos menores de edad o mayores incapacitados
  • En las parejas de hecho sin vínculo matrimonial sólo uno de sus miembros puede formar unidad familiar con todos sus hijos menores o mayores incapacitados El otro miembro de la pareja debe declarar de forma individual.
  • En los supuestos de separación o divorcio matrimonial la opción por la tributación conjunta corresponderá al que tenga atribuida la guarda y custodia de los hijos a la fecha de devengo del IRPF, al tratarse del progenitor que convive con
  • En los supuestos de guarda y custodia compartida la opción de la tributación conjunta puede ejercitarla cualquiera de los dos progenitores, optando el otro por declarar de forma

 Características de la tributación conjunta

  • Para determinar la obligación de declarar, se aplican las reglas de tributación individual, sin que proceda la elevación o multiplicación de los importes o límites en función del número de miembros de la unidad
  • Las rentas de cualquier tipo obtenidas por todos y cada uno de los miembros de la unidad familiar se someterán a gravamen
  • Salvo en los casos expresamente previstos en la normativa del impuesto, la declaración conjunta no supone la ampliación de ninguno de los límites que afectan a determinadas partidas
  • La cuantía del mínimo por contribuyente será de 550 € anuales, con independencia del número de miembros integrados en la unidad familiar.
  • En declaraciones conjuntas se establece una reducción en la base imponible de:
  • 400 € anuales para unidad familiar compuesta por matrimonios no separados legalmente, y los hijos menores o mayores incapacitados que convivan.
  • 150 € anuales para unidad familiar monoparental compuestas por el padre o madre no casado, viudo o separado legalmente con los hijos menores, o mayores incapacitados, que convivan con él o con ella. (no será aplicable si el contribuyente convive con el padre o la madre de alguno de los hijos que forman parte de su unidad familiar

Opción de presentar declaración

Al presentar la declaración de la renta de cada ejercicio puedes optar por presentar la declaración individual o conjunta si formas parte de una unidad familiar.

Si optas por declarar de forma conjunta se acumulan las rentas de cualquier tipo obtenidas por todos y cada uno de los miembros de la unidad familiar.

Si uno cualquiera de los miembros de la unidad familiar presenta declaración individual, los restantes miembros deberán utilizar este mismo régimen de tributación.

Una vez presentada la declaración de forma individual o conjunta, solo puedes cambiar la opción si presentas nuevas declaraciones dentro del plazo de presentación. Finalizado dicho plazo, no podrás cambiar la opción de tributación para ese período impositivo.

La opción por presentar declaración individual o conjunta no vincula a la unidad familiar para ejercicios sucesivos.

Al presentar tu declaración por internet con Renta WEB si consignas los datos correspondientes a todos los miembros de tu unidad familiar, el programa te calculará la declaración más favorable.