Tipo de autorización

Es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que se podrá conceder por razones de protección internacional.

Solicitante: Lo inicia la propuesta de la Comisión Interministerial de Asilo y Refugio.

Interesado: El extranjero

Ni el gestor administrativo ni su cliente puede pedir directamente este tipo de autorizaciones, que, por lo general, se ofrecen como parte del agradecimiento de la administración por la utilidad de la colaboración del ciudadano extranjero para el bien público.

No es un trámite si:

  • No has demandado protección internacional.
  • No cuentas con una resolución administrativa o judicial que acuerde conceder una autorización por razones humanitarias.
  • No te encuentras dentro de España.
  • Eres ciudadano de la Unión Europea.

A tener en cuenta

  • Supuesto legal
  • ¿Qué establecen los artículos referenciados?
  • Uno de los casos más comunes: el de los nacionales de Venezuela
  • ¿Quién inicia la solicitud?

Documentación

Dado que el proceso inicia con la propuesta de la Comisión Interministerial de Asilo y Refugio, el interesado sólo participa en la expedición de la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE).

Procedimiento

  • Sujeto legitimado
  • Si la autorización se concede es necesario agendar una cita en la comisaría de policía del lugar de residencia para la emisión de la TIE.
  • Normativa