Tipo de autorización
Transcurrido el año de la residencia inicial no lucrativa, es posible solicitar la renovación de la autorización, siempre y cuando se sigan cumpliendo las condiciones iniciales.
Solicitante: el interesado, personalmente. Si es menor de edad, sus padres, tutores o representante debidamente acreditado, personalmente
No es un trámite si:
- Tu propósito es trabajar en España
- Eres ciudadano de la Unión Europea o miembro de su unidad familiar
- Tu suficiencia económica no representa el 400% del IPREM
- Tu plan no es mantener residencia efectiva en España
- Formas parte de la unidad familiar de un ciudadano comunitario
A tener en cuenta
- ¿Cuándo es posible iniciar la renovación?
- Debe acreditarse la suficiencia de medios económicos
- Es necesario acreditar que se cuenta con un seguro médico
- Ausencias fuera del territorio
- Certificado de escolarización
- Es necesario aportar las tasas administrativas de la prórroga
Documentación
- Modelo EX 01
- Mandato a favor del gestor
- Pasaporte completo del solicitante
- Documentación acreditativa de disponer de medios económicos necesarios para el periodo de residencia que se solicita
- Documentación acreditativa de disponer de seguro médico
- En el caso de tener menores de edad a cargo, debe aportarse el certificado de escolarización
Procedimiento
- Sujeto legitimado
- Lugar de presentación
- Plazo de resolución de la solicitud
- Si la autorización se concede debe concertarse una cita ante la comisaría de policía del lugar de residencia para la emisión de la TIE
- Normativa