Tipo de autorización

Transcurrido el año de la residencia inicial no lucrativa, es posible solicitar la renovación de la autorización, siempre y cuando se sigan cumpliendo las condiciones iniciales.

Solicitante: el interesado, personalmente. Si es menor de edad, sus padres, tutores o representante debidamente acreditado, personalmente

No es un trámite si:

  • Tu propósito es trabajar en España
  • Eres ciudadano de la Unión Europea o miembro de su unidad familiar
  • Tu suficiencia económica no representa el 400% del IPREM
  • Tu plan no es mantener residencia efectiva en España
  • Formas parte de la unidad familiar de un ciudadano comunitario

A tener en cuenta

  • ¿Cuándo es posible iniciar la renovación?
  • Debe acreditarse la suficiencia de medios económicos 
  • Es necesario acreditar que se cuenta con un seguro médico
  • Ausencias fuera del territorio
  • Certificado de escolarización
  • Es necesario aportar las tasas administrativas de la prórroga 

Documentación

  • Modelo EX 01
  • Mandato a favor del gestor
  • Pasaporte completo del solicitante
  • Documentación acreditativa de disponer de medios económicos necesarios para el periodo de residencia que se solicita
  • Documentación acreditativa de disponer de seguro médico
  • En el caso de tener menores de edad a cargo, debe aportarse el certificado de escolarización 

Procedimiento

  • Sujeto legitimado
  • Lugar de presentación 
  • Plazo de resolución de la solicitud
  • Si la autorización se concede debe concertarse una cita ante la comisaría de policía del lugar de residencia para la emisión de la TIE
  • Normativa